LA EFICACIA DE NUESTRO SISTEMA SINDICAL Octubre 9, 2007
Posted by echezarreta in DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO.trackback
Nuestro país se encuentra en una coyuntura política, económica y social, condicionada ineludiblemente por el marco mundial, que pondrá a prueba la aptitud del sistema de representación de los trabajadores que nos rige prácticamente sin cambios desde 1945.
Luego de un período inicial en donde prevaleció en el movimiento obrero la influencia de anarquistas y otras ideologías que apuntaban a la sustitución del sistema de gobierno y de las formas de producción, nuestra evolución histórica -análoga a la ocurrida en el resto del mundo – dio lugar al reconocimiento y a la institucionalización de los sindicatos de trabajadores y de empleadores como actores necesarios dentro de la sociedad. Su autonomía y existencia están garantizadas por nuestra Constitución Nacional expresamente desde 1957 (art. 14 bis) y por Convenios Internacionales ratificados por nuestro país.
La actual ley 23.551 de Asociaciones Sindicales se refiere en forma explícita a las que tienen por objeto “la defensa de los intereses de los trabajadores”, dando por sobreentendido que alude a los que están ocupados en relación de dependencia.
El sistema abarca tanto al trabajador del sector privado como al que se desempeña en el empleo público. La ley distingue las asociaciones sindicales simplemente inscriptas de aquéllas que gozan de “personería gremial”.
Éstas últimas son las únicas habilitadas para suscribir convenios colectivos de trabajo con los alcances de la ley 14.250 y normas complementarias y gozan de otras preferencias asignadas por la ley.
Los representantes del personal en el ámbito de cada empresa también tienen funciones en nombre de los trabajadores del sector frente a los empleadores respectivos en las que actúan; pero no son sindicatos en sentido estricto. No pueden, por ejemplo, suscribir convenios colectivos de trabajo.
Sin perjuicio del derecho de los sindicatos de agruparse en federaciones y confederaciones, la organización básica que nuestra ley prevé apunta a las actividades u oficios, con una escasa viabilidad de los sindicatos de empresa.
Nuestro país exhibe datos de sindicalización y de cantidad de trabajadores comprendidos en convenios colectivos de trabajo por encima de casi todas las naciones modernas, no obstante lo cual luego de una prolongada situación de vigencia de este régimen sindical nuestra realidad no se corresponde con lo que se podría calificar como una exitosa defensa de los intereses de los trabajadores, si nos atenemos a los datos concretos de empleo, protección social y distribución del ingreso, entre otros.
No se puede negar, además, el considerable peso político de los sindicatos en estas seis décadas, con los diferentes gobiernos, electos o de facto.
La pregunta que alguien se puede formular ahora es si ha sido eficaz nuestro sistema sindical cuando su objetivo primario que es la defensa de los trabajadores y del empleo ha ido postergándose y deslizándose en un plano inclinado.
No puede atribuirse esa impotencia a una debilidad por falta de medios ni de influencias. Tampoco a una desconexión con el sector político, porque es indudable el estrecho vínculo entre la mayoría de la dirigencia sindical y el partido justicialista (casi hegemónico en las últimas contiendas electorales) que absorbió por esa razón las corrientes laboristas que fueron desarrollándose en otras partes del mundo.
El acceso de dirigentes sindicales a la vida política ha sido fluido en los ámbitos nacional y provinciales, tanto en la administración como en los poderes legislativos, de igual modo que no puede imputarse a la conformación o integración del poder judicial una actitud en contra de los intereses de los trabajadores.
Pese a ello, los datos de nuestra realidad son incontrastables. Los índices de pobreza e indigencia, desempleo, desprotección de la seguridad social, e incumplimiento de la normativa vigente, se ubican en medidas tales que ofenden al más primitivo sentido de la justicia social.
Nuestro país en conjunto – y no solamente los sindicatos – deberá realizar un gran esfuerzo para superar el desafío que se nos presenta para revertir esta situación.
Es cierto que la justicia social y las condiciones de los trabajadores no dependen sólo de la presencia sindical; pero este mecanismo de representación juega un papel primordial e indelegable entre las demás formas de expresión social.
La primera conclusión a la que se puede llegar es que no basta un sindicalismo fuerte y centralizado para resolver los problemas sociales. Tampoco es suficiente su cercanía con el poder político.
Estas condiciones han estado cumplidas en nuestro caso y los resultados hablan por sí mismos.
Debemos reconocer, también, que nuestros problemas internos se suman a los cambios estructurales y tecnológicos de profunda repercusión en los mercados internacionales. Hasta ahora todos hemos supuesto que con tantas bendiciones que nos dio la suerte bastaba con un poco de paciencia para que las soluciones se nos ofrecieran sin mayor esfuerzo. Ya sabemos que no es así: superar el actual estado de cosas nos obliga a remontar una empinada cuesta hacia arriba.
Las fronteras no se pueden cerrar, las inversiones están condicionadas por tratados bilaterales y multilaterales y los trabajadores no pueden migrar en busca de mejores oportunidades cuando nuestra brecha en capacitación está transformando a nuestra población económicamente activa en una oferta desencajada de la demanda, sin acceso al trabajo ni a la seguridad social.
Parece, entonces, que nuestra suerte como trabajadores no sólo está fuera de la aptitud y actitud sindical exclusiva, sino que puede llegar a superar la voluntad del conjunto de la sociedad en el mejor de los casos. Peor aún si cada interés particular procura ubicarse por encima del bien común.
La situación crítica que vivimos debería promover una revisión de las prácticas usadas en defensa de los trabajadores y de las fuentes de trabajo, cuya suerte es tan importante porque equivale a la medida concreta del bienestar general al que aspira nada menos que la voluntad fundacional expresada en el preámbulo de nuestra Constitución.
Las prácticas a que me refiero no son únicamente las llevadas a cabo para dirimir conflictos. Tan importantes como ésas son las empleadas en forma perniciosa en manipulaciones prebendistas y en el ejercicio con “real malicia” de los poderes políticos y de la justicia, desvirtuando su misión y sus fines en los hechos y acciones de gobierno.
Bastaría quizás con la modificación de los procedimientos y objetivos engañosos, sin rechazar las instituciones (entre ellas los sindicatos) ni sus fines originarios que les dan razón de ser.
El activismo revolucionario en ese terreno ha sido sustituido – esperamos que para siempre – por el respeto del sistema democrático y la defensa legítima de cada sector en el equilibrio que es preciso alcanzar dentro del conjunto económico, social y político, con las limitaciones que impone la realidad.
En conclusión: la representación y la participación de la sociedad son los puntos clave que deben sanearse. Para ello es necesario un cambio cultural, de arriba hacia abajo, que se traduzca en conductas conjuntas eficaces, sin que sea preciso acudir a desmantelamientos institucionales sino a su refuerzo democrático para integrar una genuina representación y participación de todos los sectores involucrados, dándole adecuada y especial relevancia a la defensa del interés nacional en el marco de una insoslayable economía de mercado, altamente competitiva, que prevalece en el mundo.
Carlos Francisco Echezarreta
-Artículo revista IDEA 174- 27.10.2005
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